El Gobierno nacional ordenó la intervención de cinco cuerpos policiales en 5 Estados
En Gaceta Oficial N° 41.259, publicada el 18 de octubre del presente año, el Gobierno nacional ordenó la intervención de los cuerpos de policías de los estados Anzoátegui, Nueva Esparta, Táchira, Mérida y Zulia, por su presunta participación masiva y continuada, de sus funcionarios y funcionarias, en redes delictivas y actividades que atentan contra el orden constitucional.
El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y paz (Mpprijp), designó una Junta Interventora para cada cuerpo policial, conformada por tres funcionarios adscritos al Viceministerio del Sistema Integrado de Policía (Visipol), la cual está facultada para auditar a todo el personal que labora en esos organismos de seguridad, tal como lo establece la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (Cpnb).
La junta de intervención podrá designar y remover al personal de libre nombramiento y remoción del cuerpo de policía estadal, con excepción del Director y demás Directiva; declarar la estructura administrativa; colectar todas las armas, y municiones; hacer registro de las mismas; solicitar los informes y soportes referentes a extravíos de las mismas.
Asimismo, debe realizar un registro del parque automotor; controlar, usar y ocupar las instalaciones, dotaciones y equipamiento policial; elaborar y ejecutar los planes de vigilancia y patrullaje de acuerdo a la georeferenciación del delito; activar el servicio de Policía Comunal, y cualquier otra acción que sea necesaria y oportuna para cumplir con el proceso de intervención, cumpliendo con la normativa jurídica vigente.
El órgano rector designó a Félix María Enrique Carreño, como director del Cuerpo de Policía del estado Anzoátegui; Agustín Orfelix Herrera Luna, director de la Policía de Nueva Esparta; José Esteban Noguera Silva, director de PoliTáchira; Ender Ricardo Chacón Ramírez, director de PoliMérida; y Luis Alberto Morales Guerrero, director de PoliZulia, mientras se lleve a cabo el proceso de intervención, que tendrá un lapso de 180 días continuos, la misma, tiempo que podría ser prorrogado por 90 días más.
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